Autor Tema: Preguntas frecuentes Resoluciones PSP  (Leído 2803 veces)

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Preguntas frecuentes Resoluciones PSP
« : agosto 23, 2020, 04:37:45 pm »
Preguntas frecuentes Resoluciones PSP:

1.  ¿Si no egreso en el 2020-1, puedo mandar mi solicitud al formulario?
No, solo puedes tramitar si estas matriculado en el curso de PSP y has completado el plan de estudios, incluyendo IDM201 Idioma Extranjero.

2.  ¿Hasta qué ciclo puedo acogerme a la resolución de reconocimiento del curso de PSP?
La aplicación de las resoluciones considera hasta el Ciclo de Verano 2021.

3.  ¿Si recién egreso el 2020-2 o el 2021-0, cuando debo mandar mi solicitud para convalidar mis PSP?
Si egresas en el ciclo 2020-2, debes estar matriculado en el curso de PSP en dicho ciclo, si no has logrado efectuar la práctica pre profesional podrás llenar el formulario correspondiente al finalizar dicho ciclo.
Si egresas en el Ciclo de Verano 2021, debes estar matriculado en el curso de PSP en dicho ciclo, si no has logrado efectuar la práctica pre profesional podrás llenar el formulario correspondiente al finalizar dicho ciclo.

4.  ¿Para poder acogerme a la resolución para convalidar mi PSP, debo matricularme en el curso de PSP 1 o de PSP 2 de manera obligatoria?
Debe estar necesariamente matriculado en el curso de PSP en el ciclo en que va a egresar, o en todo caso tenerlo registrado en ciclo anteriores en situación de nota pendiente (P).

5.  Me consideraron como nota “F” en mi curso de PSP 1 ¿Debo matricularme en PSP2  el siguiente semestre?
Si en el curso de PSP tiene F como nota en el ciclo 2020-1, su situación es transitoria. Se colocará nota según las resoluciones si egresa en 2020-1, y si no egresa se colocará nota pendiente (P) y no necesitará volver a matricularse en dicho curso de PSP.

6.  ¿Cómo será la matrícula en los cursos de PSP en el semestre 2020-2?
Habrá matrícula libre en los cursos de PSP para el ciclo 2020-2 como para el Ciclo de Verano 2021.
Es responsabilidad completa del alumno asegurarse de que ya tiene nota de PSP, o la va a acabar a tiempo, o va a egresar (para que así aplique la resolución). Si no se cumplen estas condiciones, el estudiante podría reprobar el curso
(* Este punto era distinto cuando se emitió el comunicado, pero éste es el válido en este momento)

7.  En mi especialidad solo hay un curso de PSP ¿Cómo se debe realizar el proceso?
Deberá matricularse en el curso de PSP en su último ciclo de estudios y si no logró a efectuar la practica pre profesional, al finalizar el ciclo podrá solicitar acogerse a las resoluciones mediante la presentación del formulario correspondiente.

 NOTA: La Oficina de Modalidades Formativas Laborales continuará sus labores aprobando convenios y planes de aprendizaje para que los alumnos puedan desarrollar sus prácticas pre profesionales. Terminada la práctica pre profesional, los alumnos seguirán el trámite ante el responsable de PSP de su especialidad a fin de que se evalúe la práctica desarrollada.

 

Saludos Cordiales

 

Ing. William Espinoza Adarmes

Coordinador Académico

Facultad de Ciencias e Ingeniería

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ

626-2000 anexo 5535

http://facultad.pucp.edu.pe/ingenieria/